El quinto mandamiento, «No matarás», protege el carácter sagrado de la vida humana, y este artículo lo explica con el Catecismo en la mano. Verás qué prohíbe y qué enseña sobre la legítima defensa y el aborto.
¿Qué es el quinto mandamiento según el Catecismo?
Es el precepto del Decálogo, «No matarás», que manda respetar y proteger la vida humana porque pertenece solo a Dios. No es solo una prohibición externa: ordena el corazón al respeto de toda vida.
El Catecismo lo funda en el origen mismo de la vida: «La vida humana ha de ser tenida como sagrada, porque desde su inicio es fruto de la acción creadora de Dios y permanece siempre en una especial relación con el Creador, su único fin. Sólo Dios es Señor de la vida desde su comienzo hasta su término; nadie, en ninguna circunstancia, puede atribuirse el derecho de matar de modo directo a un ser humano inocente» (CIC 2258).
El Catecismo recuerda que «la Escritura precisa lo que el quinto mandamiento prohíbe: «No quites la vida del inocente y justo»» (Ex 23, 7), de modo que «el homicidio voluntario de un inocente es gravemente contrario a la dignidad del ser humano, a la regla de oro y a la santidad del Creador» (CIC 2261). Para situarlo en el conjunto de la fe, lee también nuestra guía sobre los diez mandamientos.
¿Por qué es sagrada la vida humana?
Porque desde su inicio es fruto de la acción creadora de Dios y permanece en especial relación con el Creador. Solo Dios es Señor de la vida, y nadie puede atribuirse el derecho de matar a un inocente.
El Catecismo enseña que la alianza de Dios «está tejida de llamamientos a reconocer la vida humana como don divino» (CIC 2260), frente a la violencia que el pecado introdujo en el corazón del hombre (cf. CIC 2259).
En el Sermón de la Montaña, el Señor recuerda el precepto: «No matarás» (Mt 5, 21), «y añade el rechazo absoluto de la ira, del odio y de la venganza» (CIC 2262). El mismo Cristo «no se defendió y dijo a Pedro que guardase la espada en la vaina» (CIC 2262).
¿Qué prohíbe el quinto mandamiento?
Prohíbe el homicidio directo y voluntario como un pecado gravemente pecaminoso, y también provocar la muerte de forma indirecta o negar la asistencia a una persona en peligro.
El texto es claro: «El quinto mandamiento condena como gravemente pecaminoso el homicidio directo y voluntario. El que mata y los que cooperan voluntariamente con él cometen un pecado que clama venganza al cielo» (CIC 2268). El infanticidio, el fratricidio y el homicidio del cónyuge son «crímenes especialmente graves a causa de los vínculos naturales que destruyen» (CIC 2268).
Estas son las faltas que reprueba este precepto del Decálogo:
- El homicidio directo y voluntario, que «clama venganza al cielo» (CIC 2268).
- El homicidio indirecto: «hacer algo con intención de provocar indirectamente la muerte de una persona» (CIC 2269).
- Negar el auxilio debido: exponer a otro a un riesgo mortal sin razón grave «así como negar la asistencia a una persona en peligro» (CIC 2269).
- Preocupaciones de eugenesia o de salud pública, que «no pueden justificar ningún homicidio» (CIC 2268).
| Párrafo | Idea principal |
|---|---|
| CIC 2258 | La vida humana es sagrada porque es fruto de la acción creadora de Dios. |
| CIC 2261 | El homicidio voluntario de un inocente es gravemente contrario a la dignidad humana. |
| CIC 2268 | Condena como gravemente pecaminoso el homicidio directo y voluntario. |
| CIC 2270 | La vida debe respetarse de manera absoluta desde el momento de la concepción. |
| CIC 2271 | El aborto directo es gravemente contrario a la ley moral. |
¿Qué enseña el quinto mandamiento sobre la legítima defensa?
La legítima defensa no es una excepción a la prohibición de matar al inocente: es legítima e incluso puede ser un deber grave. Quien defiende su vida no es culpable de homicidio.
El Catecismo, citando a santo Tomás de Aquino, explica que «la acción de defenderse puede entrañar un doble efecto: el uno es la conservación de la propia vida; el otro, la muerte del agresor» (CIC 2263). Por eso «es legítimo hacer respetar el propio derecho a la vida» (CIC 2264).
De ahí que «el que defiende su vida no es culpable de homicidio, incluso cuando se ve obligado a asestar a su agresor un golpe mortal» (CIC 2264). Más aún, «la legítima defensa puede ser no solamente un derecho, sino un deber grave, para el que es responsable de la vida de otro» (CIC 2265). Por eso, quien tiene autoridad legítima puede «rechazar, incluso con el uso de las armas, a los agresores de la sociedad civil confiada a su responsabilidad» (CIC 2265).
¿Qué dice el Catecismo sobre el aborto?
El Catecismo enseña que la vida humana debe respetarse de manera absoluta desde la concepción. El aborto directo es gravemente contrario a la ley moral, y la Iglesia lo ha condenado desde el siglo primero.
El principio es taxativo: «La vida humana debe ser respetada y protegida de manera absoluta desde el momento de la concepción. Desde el primer momento de su existencia, el ser humano debe ver reconocidos sus derechos de persona, entre los cuales está el derecho inviolable de todo ser inocente a la vida» (CIC 2270).
El Catecismo precisa: «Desde el siglo primero, la Iglesia ha afirmado la malicia moral de todo aborto provocado. Esta enseñanza no ha cambiado; permanece invariable» (CIC 2271). Sobre la cooperación, añade que «la cooperación formal a un aborto constituye una falta grave» (CIC 2272), sin que con ello la Iglesia «pretenda restringir el ámbito de la misericordia». Puedes ampliar este punto en nuestra guía sobre la dignidad de la persona humana.
¿Qué dice sobre el homicidio indirecto y la negligencia?
El quinto mandamiento también prohíbe provocar la muerte de forma indirecta y desatender a quien está en peligro. La vida ha de respetarse de manera absoluta, incluso por omisión.
El texto lo precisa: «El quinto mandamiento prohíbe hacer algo con intención de provocar indirectamente la muerte de una persona. La ley moral prohíbe exponer a alguien sin razón grave a un riesgo mortal, así como negar la asistencia a una persona en peligro» (CIC 2269). Por eso, «la aceptación por parte de la sociedad de hambres que provocan muertes sin esforzarse por remediarlas» es «una escandalosa injusticia y una falta grave» (CIC 2269).
El Catecismo distingue, además, el grado de responsabilidad: «el homicidio involuntario no es moralmente imputable» (CIC 2269). Pero advierte que «no se está libre de falta grave cuando, sin razones proporcionadas, se ha obrado de manera que se ha seguido la muerte, incluso sin intención de causarla» (CIC 2269). El texto íntegro puede consultarse en el artículo del Catecismo sobre el quinto mandamiento en el sitio oficial del Vaticano.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el enunciado del quinto mandamiento en la Escritura?
«No matarás» (Ex 20, 13). Es la fórmula con que la Escritura presenta este precepto, que Jesús retoma en el Sermón de la Montaña.
¿La pena de muerte está incluida en este precepto?
El Catecismo trata la autoridad pública dentro de este precepto y enseña que tiene «el derecho y el deber de aplicar penas proporcionadas a la gravedad del delito», con finalidad de reparación, defensa del orden y enmienda del culpable (CIC 2266).
¿El homicidio involuntario es siempre pecado grave?
No necesariamente. El Catecismo precisa que «el homicidio involuntario no es moralmente imputable», aunque no se está libre de falta grave si, sin razones proporcionadas, se ha obrado de manera que ha seguido la muerte (CIC 2269).
¿Se puede cometer homicidio por hambre o por negocio injusto?
Sí, de forma indirecta. El Catecismo afirma que los traficantes cuyas prácticas usurarias y mercantiles «provocan el hambre y la muerte de sus hermanos los hombres, cometen indirectamente un homicidio» que les es imputable (CIC 2269).
Si esta explicación sobre el quinto mandamiento te ha ayudado a defender mejor el carácter sagrado de la vida, {{CTA}}